TRATADOS CIUDADANOS
Estimado Pepe:
En las Islas Baleares se han nacionalizado como españoles más de 1000 extranjeros durante los primeros 9 meses del año 2005 y están en espera otros 2500 expedientes.
El 74% de los nacionalizados provienen de países de América Latina, el 14% de países africanos, el 3,5% de otros países de la Unión Europea.
Se tarda promedialmente algo más de tres años en lograr la ciudadanía. Otras fuentes o casos señalan que el término puede llegar a ser de un año y medio.
Dependiendo el lugar de nacimiento es el tiempo de residencia que debes tener para iniciar los trámites de nacionalización. La norma general exige diez años de residencia "legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud". Pero España tiene tratamientos especiales según tratados de reciprocidad.
A los nacidos en América Latina, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y Andorra sólo se les exigen dos años de residencia legal. El tiempo se reduce a un año si el interesado está casado con un español o es nieto de español.
Debemos tener en cuenta que de cualquier manera es difícil llegar a España con el deseo de lograr la ciudadanía, pues trabajar ilegalmente se vuelve complicado hasta tanto lograr una residencia legal, cosa que tampoco es fácil conseguir pues las amnistías se otorgan cada tantos años (en 2001 y 2005 fueron las últimas). Más tarde habrá que aguardar el tiempo en que se otorgue la ciudadanía.
Algo más fácil se torna para los nietos de españoles o los casados con un español. A estos últimos se les otorga la tarjeta de residencia y un permiso legal de trabajo en término de pocos meses luego del casamiento. A partir de allí un año para solicitar ciudadanía.
Esperemos la nueva resolución que habrá sobre el Tratado de Reconocimiento, Paz y Amistad entre Uruguay y España de 1870, sobre el cual se han basado últimamente algunos uruguayos para ganar juicios, como en Tenerife, Alicante, Navarra o hasta el Tribunal Supremo, comprobándose así que el Tratado mantiene vigencia jurídica. El Congreso de Diputados español ha instado recientemente al gobierno a pronunciarse según una proposición de ley que dice: "El Estado Español procederá al reconocimiento de los derechos singulares que el Tratado de 1870 reconoce a los uruguayos residentes en España mediante la aplicación directa de este convenio internacional o articulando mecanismos a pactar entre ambas partes que signifiquen la aplicación extensiva de derechos respecto lo actualmente aplicado por la Administración española a los ciudadanos mencionados".
Recordemos que el Tratado de 1870, de doce artículos, expresa que "los ciudadanos de la República en España y los súbditos españoles en la R.O. del Uruguay podrán ejercer libremente sus oficios y profesiones, poseer, comprar y vender por mayor y menor toda especie de bienes y propiedades, muebles o inmuebles, extraer del país sus valores íntegramente, disponer de ellos en vida o por muerte…"
El Tratado también establece que ciudadanos de los dos países no podrán "sufrir ningún embargo, ni ser retenidos con sus buques, tripulaciones, carruajes y objetos de comercio de cualquier clase".
El Tratado establece además y en primer artículo que España reconoce a Uruguay como nación libre, soberana e independiente. Era la parte primordial de lo que firmaron en su momento Adolfo Rodríguez por Uruguay y Carlos Creus y Camps por España.
Esperemos la nueva resolución que adoptará España en 2006 y que pueda beneficiar a más emigrantes orientales.
Federico Marotta