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Paso Fundamental: Se reúnen un grupo de personas con necesidades y aspiraciones comunes y acuerdan entre ellos, organizarse en cooperativa, para hacer frente a sus necesidades.
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Paso 1: Seleccionar la denominación o nombre que llevará la cooperativa y consultar a la Superintendencia de Cooperativas, si este nombre no corresponde a una cooperativa ya registrada. Paso 2 : La Superintendencia certifica, que la denominación consultada no pertenece a otra cooperativa y autoriza a que esta pueda ser registrada con esa denominación. Paso 3: El grupo de personas se reúnen y redactan los Estatutos, que establecerán entre otras: la estructura organizativa de la cooperativa, normas de funcionamiento, aporte de los socios, etc. Los Estatutos contendrán como mínimo lo establecido en el articulo 13 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas.
Paso 4: Una vez aprobados los Estatutos, se acudirá al registro subalterno de la localidad para proceder a su registro y obtener así la personalidad jurídica de la cooperativa. Paso 5: Enviar a la Superintendencia Nacional de Cooperativas dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, copia simple del registro de la cooperativa, indicando: dirección completa, teléfonos, nombres de los directivos principales de la cooperativa. Nota: Las cooperativas cuya actividad económica, se corresponda con la prestación de algún servicio público, solicitarán al ente correspondiente la debida autorización. |
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